Según la Ley 20.417 una función de la Superintendencia del Medio Ambiente es "Impartir directrices técnicas de carácter general y obligatorio, definiendo los protocolos, procedimientos y métodos de análisis que los organismos fiscalizadores, las entidades acreditadas conforme a esta ley y, en su caso, los sujetos de fiscalización, deberán aplicar para el examen, control y medición del cumplimiento de las Normas de Calidad Ambiental y de Emisión."
Así, a partir del D.S. N°1/2022 del Ministerio del Medio Ambiente se establecen 4 protocolos:
- Protocolo de Análisis y Ensayos de Contaminación Lumínica de Luminarias y/o Proyectores de Alumbrado de Exteriores, PCL N° 1:
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1205926 - Protocolo de Medición para la Determinación del Cumplimiento del Límite de Emisión para Alumbrado de Exteriores”, PCL N°2
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1207123 - Protocolo de Medición para la Determinación del Cumplimiento del Límite de Emisión Establecido para Avisos y Letreros Luminosos, PCL N°3:
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1202857 - Protocolo para Regularización de Fuentes Emisoras Existentes, PCL N°4
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1207550