Regularización de Fuentes Emisoras

REGULARIZACIÓN DE LUMINARIAS SEGÚN LA NORMA DE EMISIÓN PARA REGULAR LA CONTAMINACIÓN LUMÍNICA - D.S. N° 43, DE 2012, DEL MMA

El 4 de mayo de 2019 se venció el plazo de 5 años que entregó la Norma de Emisión que regula la Contaminación Lumínica en las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, para que aquellas instalaciones de alumbrado de exteriores EXISTENTES* fueran recambiadas para cumplir con las exigencias establecidas en la norma.

Es por esto que la SMA publicó una instrucción con el procedimiento a través del cual estas fuentes emisoras podían regularizar, de manera excepcional, su condición de luminarias existentes SIN NECESARIAMENTE TENER QUE RECAMBIARLAS.

Se incluyeron también en este proceso aquellas luminarias que fueron instaladas antes del 31 de diciembre de 2016.

Cabe señalar que el proceso de regularización finalizó en mayo del 2021.

(*): existentes a partir de 12 meses desde la publicación de la norma en el Diario Oficial, es decir, el 4 de mayo de 2014.

A continuación, se entrega más información sobre el proceso de regularización a través de respuestas a preguntas que han sido recibidas hasta el momento.

Esquema del proceso

Regularización de luminarias sin certificación (instaladas hasta antes del 31 de diciembre de 2016)
Regularización de luminarias con certificación DS 686/98 MINSEGPRES (Norma Anterior)

Muestreo exhaustivo: Consiste en someter al laboratorio una cantidad representativa del lote de luminaria, según el detalle de la siguiente tabla.

Tamaño del lote Cantidad de muestras Aceptación Rechazo
2 a 50 2 0 1
51 a 500 3 0 1
501 a 35000 5 0 1
35001 y mayor 8 1 2